Nombramiento de Profesor(a) Interino(a) Bachiller
El artículo 20 del Reglamento de Régimen Académico y Servicio Docente indica:
“Excepcionalmente, y con aprobación del Vicerrector de Docencia, podrán ser nombradas con título de bachiller las personas que realizan estudios de licenciatura o de posgrado, según corresponda”
Los requisitos que se deben cumplir para el nombramiento de docentes en condición de profesor interino bachiller son los siguientes:
1.-El nombramiento de los docentes interinos bachilleres será de carácter absolutamente temporal y excepcional.
2.-El nombramiento de una persona como docente interina bachiller estará siempre supeditado a la no disponibilidad de personal docente con el grado de Licenciatura o Maestría.
3.-Para hacer la solicitud correspondiente la Unidad Académica debe remitir un oficio a la Vicerrectoría de Docencia con el formato indicado en la Circular VD-20-2020.
No se dará trámite a ninguna solicitud fechada o presentada con posterioridad a la fecha indicada por esta Vicerrectoría. Tampoco a aquellas que, presentadas en tiempo, no cumplieron antes de la fecha límite con los requisitos omitidos.
Documentos:
- Reglamento de Régimen Académico y Servicio Docente
- Circular VD-20-2020 Solicitud de autorización para el trámite de nombramiento de docentes con grado de bachiller para el II ciclo 2020 (a partir de junio 2020)
Ivette Fallas Salazar | |
Ext: | 2511-1154 |
Correo: | ivette.fallas@ucr.ac.cr |